lunes, 3 de diciembre de 2012

ASOCIACIÓN DE ENFERMERIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


Para asociarse o cualquier otra consulta
Comunicarse personalmente: San Lorenzo 3243 2000 Rosario.
Santa Fe
Horario de atención: martes  de 16 a 19Hs.

Por correo electrónico: asociaciónenfermeriasantafe@gmail.com
Website:
http:/asociacionenfermeríasantafe.blogspot.com

BIBLIOTECA  “Lic. Ingeborg Kussmaul"
Disponemos de libros y revistas para enfermería.

AGENTE DE VIAJE
Organizamos viajes para asociados, familiares y amigos a través de “Kata Travel”   Consultar en Asociación

¿QUE HICIMOS? Y ¿QUE HACEMOS?

ü  Definimos los lineamientos  para desarrollar acciones en el período 2011-2016.  
ü  Participamos activamente en el diseño de la ley de ejercicio 12501 y su reglamento  Dcto 2810.
Texto de la ley y su reglamentación en nuestro blog http:/asociacionenfermeríasantafe.blogspot.com
-Fijamos nuestra firme oposición frente a la apertura de los cursos de auxiliares,  por el bien de  nuestra profesión y en resguardo de la salud de la comunidad.
-Estamos reorganizando la biblioteca
  
     Cumpliendo metas:

v Impulsar actividades dirigidas al
desarrollo de la enfermería en el ámbito
científico.
v   En defensa de los intereses de los enfermer@s y en beneficio del bien público. Presentamos proyectos sobre medidas de bioseguridad
v Promover la participación de los
enfermer@s para la resolución de los problemas de salud de la población Participamos en el tema de trata de personas.
v  Profundizar y ampliar las relaciones
con organizaciones nacionales o
internacionales Participamos en el análisis de proyectos de ley a nivel nacional.
v  Promover el  acercamiento y participación de los estudiantes a la AEPSFe, Fuimos a las Escuelas de enfermería
v  Mantener una comunicación fluida
con los asociados. Lo hicimos a través del boletín, correo electrónico y pág. web
v  Representamos a enfermería en distintos eventos.
v  Realizamos trámites en la AFIP.


NUESTRA POSICION

La Asociación de Enfermería pone en conocimiento de todos los colegas que en la última reunión de la reglamentación realizamos dos objeciones a la misma, a saber:
 ART 2°.-  donde decía…”a través de la máxima autoridad de enfermería, la que será desempeñada por una persona…” le hicimos cambiar por… “desempeñada por un profesional perteneciente a la disciplina
Con respecto al art 7.- A los fines del presente artículo, inciso b), se considera reconocimiento oficial exclusivamente a los otorgados por resolución conjunta de los Ministerios de Salud y Educación de la Provincia y/o de la Nación.
Nuestro cuestionamiento fue, que el reconocimiento  debe estar dado por los Ministerios  de Salud y Educación de la Provincia y/ de la Nación fundamenta dicha posición que las enfermeras/os tenemos el derecho de trabajar en el país y a nivel internacional; con títulos que puedan ser emitidos con el sólo reconocimiento provincial no nos permite ejercer ése derecho, además no se estaría cumpliendo con leyes nacionales que reglamentan nuestro ejercicio.

En un todo de acuerdo con CIE quien establece los principios éticos.
Reglamentación fiable de la enfermería.
Acceso al libre empleo
Libertad de circulación
Ausencia de discriminación.
Contratación de marcos legales.
Acceso a procedimiento de reclamos.
Entorno seguro de trabajo.
Libertad de asociación y agremiación.

“Igualdad de oportunidades para
                                                     tod@s, sin diferencias”